PLAN DE ATENCIÓN COMPLEMENTARIO DE SALUD CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA: RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO - SARLAFT ELCONTRATANTE(Personanaturalojurídica)certificaaLaEntidadPromotoradeSalud SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.Sque sus recursos no provienen, ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita o de actividades conexas al lavado de activos, provenientes de estas o de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo.EL CONTRATANTEse obliga a realizar sus mejores esfuerzos encaminados a conocer y en consecuencia asegurar aLa Entidad Promotora de Salud SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.Sque todos sus beneficiarios y los recursos de estos, no se encuentrenrelacionados,niprovienendeactividadesilícitas,particularmentedellavadodeactivoso financiación del terrorismo. En todo caso, si durante el plazo de vigencia del Contrato,EL CONTRATANTEo algunosdesusUSUARIOS, llegare a ser:(I)vinculado por parte de las autoridades competentes a cualquiertipodeinvestigaciónpordelitosdenarcotráfico,terrorismo,secuestro,lavadodeactivos, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y otros delitos relacionados con el lavado de activos y financiación del terrorismo, en especial los descritos en el Código Penal en los artículo 323 y 345 o los que en el futuro señale ley posterior modificatoria o(II) Incluidoenlistaspara el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como las listas de la Oficina de Control de Activos en el Exterior OFAC emitida por las oficinas del Tesoro de los Estados Unidos de Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras listas públicas relacionadas con el tema del lavado de activos y financiación del terrorismo o(III)Condenado por parte de las autoridades competentes en cualquier tipo de procesojudicialrelacionadoconlacomisióndelosanterioresdelitos;oIV)llegareaserseñalado públicamenteporcualquiermediodeampliadifusiónnacional(prensa,radio,televisión,etc.)como investigados y condenados por delitos de narcotráfico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiación delterrorismoyadministraciónderecursosrelacionadosconactividadesterroristasuotrosdelitos relacionados con el lavado de activos y financiación del terrorismo y/o cualquier delito colateral o subyacente a estos,La Entidad Promotora de Salud SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.Stendrá el derecho de terminar unilateralmente el Contrato en los siguientes casos:a)Cuando elCONTRATANTEsea vinculado en alguno de los numerales I, II, III, y/o IV enlistadas anteriormente.b)Cuando elUSUARIO COTIZANTEperteneciente al colectivosea vinculado en alguno de los numerales I, II, III, y/o IV enlistadas anteriormente,secancelarálaafiliacióndeélysusbeneficiarios.c)CuandounUSUARIO BENEFICIARIOsea vinculado en alguno de los numerales I, II, III, y/o IV enlistadas anteriormente, se dará por terminada la afiliación únicamente de dicho usuario. Todo lo anterior sin que por este hechoLa EntidadPromotoradeSaludSERVICIOOCCIDENTALDESALUDS.A.S.O.Sestéobligadaa indemnizar ningún tipo de perjuicio aEL CONTRATANTEY/O USUARIO.EL CONTRATANTE, se obliga expresamente a entregar aLa Entidad Promotora de Salud SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.S,lainformaciónverazyverificablequeesteleexijaparaelcumplimientodelanormatividad relacionada con la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo y a actualizar sus datos por lo menos anualmente, suministrando la totalidad de los soportes queLa Entidad Promotora de Salud SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD S.A. S.O.Srequiera. La presente Cláusula hace parte integral del Contrato de Prestación de Servicios de Salud Plan de Atención Complementario. AT-GEC-AFI-001