Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 PRELIMINAR CONDICIONES PARTICULARES •CAPITULO I •Datos identificativos CONDICIONES GENERALES •CAPITULO II •Cláusulas del ramo •CAPITULO III •Coberturas •CAPITULO IV •Cláusulas genéricas •CAPITULO V •Cláusulas que dependen del riesgo El contrato de seguro está integrado por la tabla de coberturas , las condiciones generales y particulares de la misma, la solicitud de seguro de salud firmada por el asegurado, y los anexos que se emitan para adicionar, modificar, suspender, renovar o revocar la póliza. Clausulado Allianz Medicall Plus Módulo 1 Internacional l Sumario Preliminar
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 De conformidad con el artículo 1068 del Código de Comercio, la mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho aLa Compañíapara exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato. Cláusulas del ramo GENERALIDADES El presente condicionado aplica para los PlanesdeSalud,porlocual,las coberturas que se detallan en el capítulo III – Coberturas, varían de acuerdo al plan contratado y a lo especificado en dicha Cláusula. CONDICIONES GENERALES Sujetoalostérminos,deducibles, condiciones y valores asegurados de la presente póliza de seguro de salud, si el beneficiarioamparadoporALLIANZ SEGUROS DE VIDA S.A. que para estos efectossedenominaLaCompañía, necesitaretratamientocomo consecuencia directa y exclusiva de una enfermedad y/o accidente cubiertos por la póliza de seguro de salud y que se inicien con posterioridad a la fecha de su inclusiónenesta,LaCompañía indemnizarálosgastoscausados identificados en la la tabla de coberturas de la póliza, la cual hace parte integral de estecontrato,atravésdelos profesionalesyentidadesadscritasen convenio vía autorización de servicios o bajolamodalidaddereembolsosiel profesional o entidad no se encuentran adscritos,siempreycuandoel beneficiario amparado tenga contratado éste amparo en la póliza de seguro de salud y así lo especifiquen los limites de cobertura de la carátula de la póliza. Se cubrirá la asistencia médica requerida almomentodeocurrirelaccidenteo enfermedad,siempreycuandoel tratamiento requerido no sea de carácter experimental,queseacientíficamente aprobadoporlassociedadesmédico científicas colombianas y que la póliza se encuentre vigente y no esté en mora en el pago de las primas. Esta pólizaseexpideconbaseenlos datosconsignadosenlasolicitudde seguroydemásrequisitosde Capítulo I
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 asegurabilidadexigidosporLa Compañía,loscualesformanparte integrante de este contrato. Cualquier condición queLa Compañía, de acuerdo con el Tomador, agregue al cuerpo de la presente póliza por anexo, tendrálamismavalidezdelas condicionesimpresas.Encasode contradicciónentreéstayaquella primarán las agregadas por anexo.
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 Coberturas EXCLUSIONES No serán reconocidos por La Compañía tratamientos,estudios,secuelas, recidivas y complicaciones en general, de eventos que no sean objeto de cobertura deesteproductonilascoberturas no expresamente señaladas en el presente condicionado(CapítuloI-Datos Identificativos) ni los gastos relacionados directa o indirectamente con: 1)Cirugíaplásticaestéticay/o tratamientomédicoconfines estéticos y/o de embellecimiento, tratamientos de rejuvenecimiento y/o cualquier otro tratamiento de cosmetología,asícomolas Urgencias,exámenesde diagnóstico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicacionesderivadosde estos. 2)Urgencias,exámenesde diagnóstico,Tratamientos médicos y/o quirúrgicos, secuelas ycomplicacionesporanomalías congénitas y/o genéticas, sean o nodetectablesalmomentodel nacimientoaexcepcióndelo definidoenlacláusulade EnfermedadesCongénitasdel presente condicionado. 3)Urgencias,exámenesde diagnóstico, Tratamiento médico y/o tratamiento quirúrgico para la obesidad. Se exceptúa la cirugía baríatricaparalaobesidad mórbida Grado III (Índice de Masa Corporal (IMC) igual o superior a 40)nopreexistenteconel deducible establecido en la tabla de coberturas de la póliza a cargo delBeneficiarioAmparadoy realizadaexclusivamenteenla red contratada por La Compañía paraestetipodeeventosen Colombia,siempreycuandose tenga contratada dicha cobertura yseencuentreindicadoenla tabla de coberturas de la póliza. No se dará cobertura a la cirugía estética y/o reparadora derivada de la realización del tratamiento quirúrgicoparalaobesidad cubiertoonocubiertoporLa Compañía. 4)Cámarahiperbárica,curasde sueño,reposoosimilares, hidroterapia,celuloterapia, presoterapiayquiropraxia, escleroterapia o cualquier tipo de terapianoexpresamente señaladasenelpresente condicionado. 5)Urgencias,exámenesde diagnóstico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicaciones de enfermedades oaccidentes,quesehubiere causado el beneficiario amparado voluntariaoinvoluntariamente comoconsecuenciade enfermedadotrastorno Capítulo II
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 psiquiátricooestadode enajenación mental, transitorio o permanente,ocomo consecuenciadeintentode suicidio,consumo desustancias psicoactivas,psicotrópicasy neurolépticas. 6)Urgencias,exámenesde diagnóstico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicaciones de los trastornos delaconductaalimentaria (bulimia, anorexia y aquellos no especificados, definidos como tal enelManualDiagnósticoy EstadísticodelosTrastornos Mentales DMSIV, aprobado por al Organización Mundial de la Salud OMS). 7)Urgencias,exámenesde diagnóstico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicaciones de drogadicción y del alcoholismo y el tratamiento de la cirrosis. 8)Evaluacionesmédicasy exámenesdediagnósticopara chequeogeneraly/oejecutivo, exámenesdetamizajeo preventivosyhospitalizaciones para estudio. 9)Tratamientos,exámenesy estudiosporenfermedad profesionalcalificadacomotal por la Administradora de Riesgo Laborales(ARL)alacualse encuentre afiliado el Beneficiario Amparado. 10)Losaccidentesenelejercicio profesionaldeprácticas deportivasdealtoriesgo,tales como: boxeo, cometismo, toreo, parapentismo,artesmarciales, montañismo,paracaidismo, automovilismo,motociclismo, aviación,deportesdeinvierno, equitación, buceo, esquí acuático ycualquierotrodeporte denominadodealtoriesgoy/o extremo. 11)Aborto provocado (legal o ilegal), esterilizaciónvoluntariaosu revertimiento,anticoncepción, métodosdeplanificación, fecundación in vitro, cambio de sexo,tratamientosyestudios paradisfunciónsexual, inseminación artificial, infertilidad y esterilidad. Toma, conservación e implante de células madres de cualquierorigen.Cirugías, exámenesytratamientosin útero. 12)Losexámenesdediagnósticoy tratamientosparalacorrección por defectos de refracción visual, sus secuelas y complicaciones, y elsuministrodelentesde contacto, monturas y sus lentes. 13)Elsuministrodeprótesisno definidasexpresamenteenla Cláusula de Prótesis del presente condicionado,asícomo elementosdeusopersonal, pañales,lechematernizada, servicios de cafetería, elementos deusopersonal,medias antiembólicas,zapatos ortopédicos, plantillas, audífonos ysuspruebasdeadaptación, implantescoclearesysus pruebasdeadaptación, neurotransmisores y sus pruebas
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 deadaptación, neuroestimuladoresysus pruebasdeadaptación,fajas, cama hospitalaria en el domicilio, colchones,aditamentospara movilizaciónysuministrode colectoresparaostomíasde forma ambulatoria. 14)Consultas,Exámenesy tratamientos de origen dental, a menos que sean consecuencia de un accidente, en cuyo caso solo secubrirálaurgenciaatendida dentrodelasveinticuatro(24) horassiguientesalafechade ocurrenciadelaccidenteyla atenciónseaprestadaenuna instituciónhospitalariau odontológica que preste servicios de urgencia. Se excluyen además lasprótesissuimplantacióny restauración, así como cualquier tratamientoderehabilitación oral, dispositivos o aparatos para el tratamiento de enfermedades delaarticulación temporomandibular o maxilares, con excepción de lo definido en la coberturadeemergencia odontológicaocobertura odontológicaocoberturade odontología especial, cuando ha sido contratada. 15)Lesionesoenfermedades causadascuandoelbeneficiario amparadoseapartícipeenla violacióndenormas legales,en actividades ilícitas, en la comisión desedición,rebelión,riña, huelga,terrorismo,asonada, motín,conmocióncivil,guerra declaradaono,enejerciciode serviciomilitar,ocomo consecuenciadefenómenos catastróficosporcausas naturales,porepidemiaso pandemiasylaslesiones inmediatasotardíascausadas por fisión o fusión nuclear. 16)Lasurgencias,exámenesde diagnostico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicacionesderivadosde accidentesdetránsitose indemnizaránencomplemento de los servicios no cubiertos por elSeguroObligatoriode AccidentesdeTránsitoSOAT, siempreycuandolacausadel accidente no sea una exclusión de lapóliza.ParaestoscasosLa Compañíapodráejercerel derecho a subrogación contra el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT. 17)Con excepción de lo definido en laCláusuladeServicios Hospitalariosdelpresente condicionado,enlo correspondientealtratamiento hospitalario en casa, se excluye el cuidadory/oenfermera domiciliaria. 18)Procedimientos,cirugías, tratamientos,hospitalizaciones, exámenes,serviciosy medicamentosordenados, suministradosorealizadosen instituciones o por personas que no estén legalmente autorizados porlasautoridadesrespectivas paraelejerciciodesus actividadesy/oquenosean profesionalesdelasalud.Así mismoseexcluyenlos
Clausulado versión 20/10/2016-1401-P-35-MedicAllPLUSD-02 tratamientosrealizadosen clínicasnaturistas,SPA,hogares terapéuticos, hogares geriátricos, institucionesdecuidado intermedio, de cuidados crónicos o similares. 19)En los trasplantes de órganos no seráreconocidoelvalordel órgano a trasplantar, ni los costos ocasionadosporlaadquisición, gestión y consecución del órgano a trasplantar, a excepción de lo definido en la cobertura de gastos deldonantedelpresente condicionado. 20)Mamoplastiasdecualquier tipo, exceptoaquellasreconstructivas aconsecuenciadela mastectomíaocuadrantectomia para el tratamiento del cáncer o portrauma.Nosecubrirán cirugías plástica y/o estética y/o reconstructiva y/o compensatoria pordesbalancemecánicodela mama no afectada por el cáncer o trauma. 21)Tratamientoprofiláctico quirúrgicoomédicopor antecedentes de cáncer u otras patologías cuya finalidad no sea curativa. 22)Exámenesdediagnóstico, tratamientomédicoy/o quirúrgico,secuelasy/o complicacionesdedesviaciones del tabique nasal. Se exceptúan de esta exclusión las correcciones delasdesviacionesdeltabique nasalrealizadascomo consecuenciadeaccidente ocurrido durante la vigencia de la póliza y debidamente certificado con reporte médico y radiológico. 23)Suministroambulatoriode cualquiertipodeventilación invasivaynoinvasivaysus aditamentos,incluidosCPAPy BPAP. 24)Urgencias,exámenesde diagnóstico,tratamientomédico y/oquirúrgico,secuelasy/o complicaciones de enfermedades y/oaccidentescausadosporla ingestay/oadministraciónde medicamentos y/o realización de tratamientos que no hayan sido ordenadosporunmédicoque cumplanlosrequisitoslegales para el ejercicio de su profesión y aprobadosporlassociedades médicas Colombianas. 25)Suministroyaplicaciónde vacunas,autovacunas, tratamientosdeinmunoterapia conalérgenosypreparadosde alérgenos.Igualmentenose reconoceránlascomplicaciones de la administración de vacunas, autovacunas,tratamientosde inmunoterapiaconalérgenosy preparadosdealérgenosno incluidos en el PAI. 26)Medicamentos ambulatorios, con excepción de lodefinido en las Cláusulas de medicamentos pre y posthospitalariosy medicamentosparaCáncery SIDA, en cuyo caso no se cubrirán losproductosclasificadoscomo vitaminasominerales.Deigual manera se excluyen los productos nutritivos,medicamentos