VidaSeguros Condiciones generales Póliza de Hospitalización y Cirugía Salud Ideal
201/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 AXA COLPATRIA SEGUROS DE VIDA S.A. que en adelante se denominará AXA COLPATRIA expide la presente póliza de salud con base en las declaraciones contenidas en la solicitud suscrita por el tomador y en las declaraciones individuales de los asegurados o de sus representantes legales, los cuales hacen parte integral de esta póliza, para todos sus efectos. CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO AXA COLPATRIA, bajo las condiciones de la presente póliza cubrirá los gastos médicos en que incurra el asegurado conocasióndelosserviciosmédicoshospitalariosy ambulatorios, expresamente señalados y hasta los montos definidos en la carátula de la póliza, siempre y cuando no concurra una causal de exclusión. CLÁUSULA SEGUNDA - AMPAROS BÁSICOS BAJO ESTE CONCEPTO, AXA COLPATRIA CUBRIRÁ A TRAVÉS DE LOS PROFESIONALES E INSTITUCIONES DE LA SALUD, QUE HAGAN PARTE DEL CUADRO MÉDICO, LA ATENCIÓN MÉDICA,QUIRÚRGICA,HOSPITALARIAYATENCIONDE URGENCIAS; POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD, SUFRIDA DURANTELAVIGENCIADELAPÓLIZA.ELANTERIOR CONCEPTO INCLUYE LOS SERVICIOS QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN: A.CONSULTADEURGENCIAS:ATENCIÓNMÉDICADE URGENCIA,PREVIACANCELACIÓNPORPARTEDEL ASEGURADO, DEL COPAGO ESTABLECIDO. B.HABITACIÓNHOSPITALARIA:HASTAELLÍMITE INDICADO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, EL VALOR DIARIO POR CONCEPTO DE HABITACIÓN UNIPERSONAL, ALIMENTACIÓN HOSPITALARIA Y SERVICIOS REGULARES DE ENFERMERÍA. C.UNIDADDECUIDADOSINTENSIVOS(UCI):HASTA EL LÍMITE DESCRITO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, LA ATENCIÓN REQUERIDA EN UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS. D.HONORARIOS MÉDICOS TRATANTES E INTERCONSULTAS: HONORARIOSMÉDICOTRATANTEENCONSULTA HOSPITALARIA, INTERCONSULTAS REALIZADAS DURANTE LA HOSPITALIZACIÓN, ASÍ COMO HONORARIOS DEL CIRUJANO Y ANESTESIÓLOGO. AXA COLPATRIA SEGUROS DE VIDA S.A. PÓLIZA DE HOSPITALIZACIÓN Y CIRUGÍA SALUD IDEAL CONDICIONES GENERALES E.CIRUGÍA AMBULATORIA Y PEQUEÑA CIRUGÍA:GASTOS COMOCONSECUENCIADEUNAPEQUEÑACIRUGÍA QUE NO EXIJA HOSPITALIZACIÓN O POR CONCEPTO DE PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS AMBULATORIOS. DICHOVALORCOMPRENDELOSGASTOSPOR HONORARIOSMÉDICOS,MEDICINAS,EXÁMENESDE LABORATORIOYDEMÁSSERVICIOSPARAMÉDICOS NECESARIOS DURANTE LA CIRUGÍA. F.HONORARIOS MÉDICOS:GASTOS POR CONCEPTO DE HONORARIOS MÉDICOS, QUIRÚRGICOS DE ANESTESIA, COBRADOSPORELCIRUJANO,ELAYUDANTEDE CIRUGÍA,ELANESTESIÓLOGOYLOSHONORARIOS PROFESIONALES GENERADOS POR UN TRATAMIENTO MÉDICO HOSPITALARIO. G.MATERNIDAD:GASTOS POR CONCEPTO DE CESÁREA, EMBARAZOECTÓPICO,PARTONORMAL,PARTO PREMATURO, ABORTO ESPONTÁNEO NO PROVOCADO Y COMPLICACIONES DEL EMBARAZO DURANTE EL TIEMPO QUE PERMANEZCA HOSPITALIZADA. ESTA COBERTURA INCLUYE: 1.HONORARIOSMÉDICOSDESEIS(6)CONSULTAS EXTERNAS PRENATALES Y REALIZACIÓN DE TRES (3) ECOGRAFÍAS SIMPLES DURANTE EL EMBARAZO. 2.AMPARONEONATALGRATUITODENTRODELOS SESENTA(60)DÍASSIGUIENTESALNACIMIENTO OCURRIDO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, CON COBERTURA DE ENFERMEDADES ANOMALÍAS O MALFORMACIONES CONGÉNITAS, HASTA MÁXIMO 100 SMMLV. H.HOSPITALIZACIÓN DOMICILIARIA:CUANDO SE DERIVE DE UNA HOSPITALIZACIÓN AMPARADA Y CUANDO A CRITERIO DEL MÉDICO TRATANTE, ESTA SEA NECESARIA. CUBRE SERVICIO DE ENFERMERA, VISITAS DOMICILIARIAS CON MÉDICO GENERAL, OXIGENOTERAPIA, TERAPIAS FÍSICAS Y RESPIRATORIAS CON UN LÍMITE MÁXIMO DE 10 DÍAS. I.GASTOS PRE Y POST - HOSPITALARIOS: 1.EXÁMENESDELABORATORIOSIMPLEYDE RADIOLOGÍA SIMPLE Y EXÁMENES DE DIAGNÓSTICO ESPECIALIZADO PRE Y POST HOSPITALARIOS CONFORME ORDEN MÉDICA EXPEDIDA DURANTE LOS TREINTA (30) DÍAS ANTERIORES O POSTERIORES A LA FECHA DE UNA HOSPITALIZACIÓN, HASTA DOS (2) SMMLV. 2.MEDICAMENTOS ESENCIALES POST - HOSPITALARIOS ORDENADOSDURANTELOSTREINTA(30)DÍAS SIGUIENTES A LA FECHA DE ALTA DE LA RESPECTIVA
301/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 HOSPITALIZACIÓN Y QUE ESTEN RELACIONADOS CON LA AFECCIÓN QUE CAUSÓ LA HOSPITALIZACIÓN. ESTE AMPARO NO SE EXTIENDE A LOS MEDICAMENTOS AMBULATORIOS DE LA MATERNIDAD. 3.TERAPIASOFISIOTERAPIASORDENADASPOR ELMÉDICOTRATANTECONOCASIÓNDEUN TRATAMIENTOOINTERVENCIÓNQUIRÚRGICAU HOSPITALARIAAMPARADAPORLAPÓLIZA.ESTE AMPARO SOLO SE OTORGARÁ CUANDO SE UTILICE EL CUADRO MÉDICO DE AXA COLPATRIA. J.TRATAMIENTO DEL CÁNCER:SIEMPRE Y CUANDO EL CÁNCER SE HAYA DIAGNOSTICADO CON POSTERIORIDAD A LOS 12 MESES DE HABER INGRESADO A LA PÓLIZA. INCLUYE HOSPITALIZACIÓN, CIRUGÍA Y EL TRATAMIENTO AMBULATORIOENTENDIDOCOMOLASTERAPIAS ESPECÍFICASPARACÁNCER,PRESCRITASPORUN MÉDICODELCUADROMÉDICO,RADIOTERAPIA, QUIMIOTERAPIA,EXCLUYENDOELTRASPLANTEDE MÉDULA ÓSEA. K.TRATAMIENTO DEL VIH/SIDA:SIEMPRE Y CUANDO EL VIH/SIDA SE HAYA DIAGNOSTICADO CON POSTERIORIDAD A LOS 24 MESES DE HABER INGRESADO A LA PÓLIZA. AXACOLPATRIAPRESTARÁLOSSERVICIOS HOSPITALARIOS Y AMBULATORIOS NECESARIOS PARA LAATENCIÓNDELTRATAMIENTODELVIH/SIDAY SUS COMPLICACIONES; HASTA UN MONTO DE VALOR ASEGURADO DE 15 SMLMV POR VIGENCIA ANUAL, Y SIN EXCEDER DE UN MÁXIMO DE 105 SMLMV CAUSADOS DURANTE TODA LA PERMANENCIA DEL ASEGURADO EN LA PÓLIZA. L.PRÓTESIS Y MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS:AXA COLPATRIA CUBRIRÁ EL COSTO DE MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS Y PRÓTESIS, EXCEPTUANDO LOS DE TIPO DENTAL, HASTA 20 SMLMV POR VIGENCIA ANUAL, SIEMPRE Y CUANDO LA PRÓTESIS O EL MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS FUEREN PRESCRITOS COMO PARTE INTEGRAL DEL TRATAMIENTO HOSPITALARIOOQUIRÚRGICOAMPARADOPORLA PÓLIZA. M.HOSPITALIZACIÓN PSIQUIÁTRICA:COBERTURA POR CRISISAGUDADEAFECCIONNERVIOSAOMENTAL DIAGNOSTICADA DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, MÁXIMO HASTA 50 DÍAS POR VIGENCIA ANUAL. NO INCLUYE GASTOS PRE Y POST - HOSPITALARIOS. N.TRATAMIENTO DE EMERGENCIAS ODONTOLÓGICAS: SEAMPARACUALQUIERADELOSSIGUIENTES TRATAMIENTOSOATENCIONESODONTOLÓGICAS, SIEMPREQUESEADECÚENALADEFINICIÓNDE EMERGENCIA ODONTOLÓGICA: ELIMINACIÓN DE CARIES, RECUBRIMIENTOPULPARDIRECTOEINDIRECTO, OBTURACIÓNPROVISIONAL,OBTURACIÓNCON AMALGAMAS EN POSTERIORES, RESINA FOTOCURADA EN ANTERIORES O VIDRIO IONOMÉRICO DE ACUERDO ALCASO,ENDODONCIASMONORADICULARESY MULTIRADICULARES, EXODONCIAS NO QUIRÚRGICAS Y CURETAJES RADICULARES, CEMENTADO PROVISIONAL O DEFINITIVO DE PRÓTESIS FIJAS, REPARACIÓN DE LA PRÓTESIS REMOVIBLE (ÚNICAMENTE SUSTITUCIÓN DE DIENTES), CURETAJE POST - EXODONCIA Y CONTROL DE HEMORRAGIAS Y SUTURAS EN LABIOS, PALADAR, ENCÍAS Y LENGUA; RADIOGRAFÍAS PERIAPICALES Y/O CORONALES. Ñ.CONSULTADOMICILIARIA:SERVICIODECONSULTA MÉDICA DOMICILIARIA CON COPAGO. O.SERVICIODEASISTENCIAMÉDICATELEFÓNICA: ASISTENCIA MÉDICA A TRAVÉS DE LA LÍNEA MEDICA EN LA QUE PUEDE ACCEDER A ORIENTACION MÉDICA Y DE SER NECESARIO, SERVICIO DE AMBULANCIA DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO CON DESTINO A LA INSTITUCIÓN HOSPITALARIA. P.ASISTENCIAMÉDICAENVIAJEALEXTERIOR:DE ACUERDOCONLOSLÍMITESENDÍASYVALOR ASEGURADOINDICADOSENLACARÁTULADELA PÓLIZA, LA ASISTENCIA MÉDICA EN VIAJE AL EXTERIOR, CONSISTE EN LA ATENCIÓN MÉDICA REQUERIDA POR EL ASEGURADO, ÚNICAMENTE EN CASO DE ACCIDENTE O URGENCIA POR ENFERMEDAD NO PREEXISTENTE AL INICIO DEL VIAJE. ESTE SERVICIO ES PRESTADO POR UN PROVEEDOR EN EL EXTERIOR, CONFORME CONDICIONES DE COBERTURA PROPIAS E INDEPENDIENTES A LAS DE LA PRESENTE PÓLIZA. A CARGO DEL ASEGURADO ESTÁ LA OBLIGACIÓN DE ASUMIR EL VALOR DEL DEDUCIBLE DEFINIDO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O SUS ANEXOS. Q.APOYOPSICOLÓGICO:HASTAOCHO(8)SESIONES DE TERAPIA PSICOLÓGICA RECIBIDAS DENTRO DE UN PERIODO MÁXIMO DE UN (1) MES, A CUALQUIERA DE LOS ASEGURADOS DE LA PÓLIZA, TENDIENTE A MINIMIZAR LOS EFECTOS PSICOLÓGICOS COMO CONSECUENCIA DEL FALLECIMIENTO, DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDAD GRAVE DE UN FAMILIAR O DIAGNÓSTICO DE ENFERMEDAD CONGÉNITA QUE AFECTE ALGÚN MENOR QUE HAGA PARTE DEL GRUPO ASEGURADO AMPARADO POR LA PÓLIZA. CLÁUSULA TERCERA - AMPARO OPCIONAL ATENCIÓN MÉDICA DOMICILIARIA Y TRASLADO ASISTIDO SIEMPRE QUE SE PACTE EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA O SUS ANEXOS, PREVIO EL PAGO DE LA PRIMA CORRESPONDIENTE, AXA COLPATRIA OTORGARÁ EL AMPARO DE ORIENTACIÓN MÉDICA, MÉDICO DOMICILIARIO, ATENCIÓNDEEMERGENCIASMÉDICASYTRASLADO ASISTIDO A TRAVÉS DE EMERMÉDICA S.A. DE ACUERDO CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES: A.DEFINICIONES:PARA EFECTOS DE ESTE AMPARO LOS VOCABLOS SIGUIENTES TENDRÁN ESTE SIGNIFICADO:
401/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 1.MÉDICO:TODA PERSONA NATURAL QUE DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA HAYA OBTENIDO EL TÍTULO UNIVERSITARIO PARA EL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y TENGA VIGENTE LA AUTORIZACIÓN OFICIAL PARA DICHO EJERCICIO PROFESIONAL. 2.EMERGENCIA MÉDICA:TODO TIPO DE AFECCIÓN QUE PONGA EN PELIGRO INMINENTE A LA VIDA O A LA INTEGRIDAD FÍSICA DE UNA PERSONA Y QUE A JUICIO DE UN MÉDICO DE EMERMÉDICA REQUIERA DE ATENCIÓN INMEDIATA. 3.FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:AQUELLAS CIRCUNSTANCIASAJENASALAVOLUNTADDE EMERMÉDICAALASQUENOLESESPOSIBLE RESISTIR Y QUE, NO HABIENDO SIDO PREVISTAS POR LAS PARTES, IMPIDEN LA EJECUCIÓN DE LAS OBLIGACIONESESTIPULADASENELPRESENTE CLAUSULADO, EXONERÁNDOLA EN CONSECUENCIA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD. B.CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:LUGAR DEL SERVICIO: SE PRESTARÁ EL SERVICIO DE ACUERDO CON EL ÁREA DE COBERTURA ESTABLECIDA POR EMERMÉDICA S.A. DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DE BOGOTÁ, CHÍA, MEDELLÍN, CALI Y NEIVA, A TRAVÉS DE CONVENIOS ENBARRANQUILLA,PEREIRA,ARMENIA,CENTROY SURAMÉRICA. ESTE SERVICIO SE PRESTARÁ ÚNICAMENTE DENTRO DE LA ZONA GEOGRÁFICA ESTABLECIDA EN LA PÁGINA WWW.EMERMEDICA.COM.CO. C.CARACTERÍSTICAS DEL TRASLADO:EN UNA UNIDAD MÓVILDELACOMPLEJIDADREQUERIDA,HACIA UNAINSTITUCIÓNDELCUADROMÉDICO,SALVO QUE A CRITERIO DEL MÉDICO DE EMERMÉDICA Y EN BENEFICIO ÚNICAMENTE DE LA SALUD O LA VIDA DEL PACIENTE, RESULTE NECESARIO LLEVAR AL PACIENTE A OTRA INSTITUCIÓN, DONDE UNA VEZ ESTABILIZADO SETRASLADARÁAUNAINSTITUCIÓNDELMISMO NIVEL DE COMPLEJIDAD DEL CUADRO MÉDICO. EN NINGÚNCASOEMERMÉDICAESTARÁOBLIGADOA EFECTUAR EL TRASLADO DEL ASEGURADO DEL CENTRO HOSPITALARIO HASTA EL LUGAR DE SU DOMICILIO. D.OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES: 1.LAOBLIGACIÓNDEEMERMÉDICACONSISTEEN PRESTAR AL ASEGURADO SERVICIOS DE ATENCIÓN DEEMERGENCIASMÉDICASPORCONSULTA DOMICILIARIAYTRASLADODEURGENCIAY EMERGENCIA, OBLIGACIÓN QUE ES DE MEDIO Y NO DE RESULTADO. 2.LA OBLIGACIÓN DE EMERMÉDICA SE LIMITA A PONER TODOS LOS MEDIOS Y RECURSOS BÁSICOS QUE ESTÉN A SU ALCANCE, PARA CONTROLAR LOS SIGNOS VITALES DEL ASEGURADO MIENTRAS SE ESTABLECE CONTACTO CON EL CENTRO HOSPITALARIO DEL CASO. 3.LOS CENTROS HOSPITALARIOS DESARROLLAN SU ACTIVIDAD Y PRESTAN SUS SERVICIOS CON PLENA AUTONOMÍA CIENTÍFICA, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, CON SUS PROPIOS RECURSOS HUMANOS, TÉCNICOS CIENTÍFICOSYADMINISTRATIVOSYCONTOTAL INDEPENDENCIA DE EMERMÉDICA, QUE NO PRESTA SERVICIOS HOSPITALARIOS. CLÁUSULA CUARTA - EXCLUSIONES A.APLICABLES A TODAS LAS COBERTURAS:AXA COLPATRIA NO ASUMIRÁ NINGÚN COSTO POR CONCEPTO DE LOS SERVICIOS (AMBULATORIOS U HOSPITALARIOS) QUE SE REQUIERAN O HAYAN SIDO PRESTADOS POR CAUSA O COMO CONSECUENCIA DE LOS SIGUIENTES EVENTOS, AÚN EN LOS CASOS DE URGENCIAS: 1.CUALQUIER ENFERMEDAD PREEXISTENTE, DEFINIDA COMOTODAPATOLOGÍA,MALFORMACIÓNO AFECCIÓN QUE SE EVIDENCIE CLÍNICAMENTE Y/O SEENCUENTRECONSIGNADAENLAHISTORIA CLÍNICA, EXISTENTE A LA FECHA DE INICIACIÓN DEL CONTRATO O VINCULACIÓN, SIN PERJUICIO DE QUE SE PUEDA DIAGNOSTICAR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO SOBRE BASES CIENTÍFICAS SÓLIDAS. 2.SEPTOPLASTIA, EN TODOS LOS CASOS, A MENOS QUESEACONSECUENCIADEUNACCIDENTE OCURRIDO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA YSIEMPREYCUANDOHAYAUNCERTIFICADO MÉDICO Y UN REPORTE RADIOLÓGICO DEL DÍA DEL ACCIDENTE. 3.TRATAMIENTO PARA LA ADICCIÓN A LAS DROGAS, LESIONESCAUSADASYDERIVADASDELA INGESTIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, SUSTANCIAS ENERVANTES,ESTIMULANTESODEPRESORAS DEL SISTEMA NERVIOSO, O ALCOHOLISMO, SUS TRATAMIENTOSYCONSECUENCIAS.SERVICIOS O TRATAMIENTOS EN INSTITUCIONES DE LARGA ESTANCIA E INSTITUCIONES DE REHABILITACIÓN, SANATORIOS O CLÍNICAS DE REPOSO. 4.LESIONESCAUSADASINTENCIONALMENTEPOR EL MISMO ASEGURADO, O ENCONTRÁNDOSE EN ESTADO DE ENAJENACIÓN MENTAL, TEMPORAL O PERMANENTE, INTENTO DE SUICIDIO Y CUALQUIER LESIÓN O CONSECUENCIA MÉDICA DERIVADA DEL MISMO. 5.TRATAMIENTO DE ANOREXIA O BULIMIA (AMBULATORIO Y HOSPITALARIO). 6.SERVICIOS O TRATAMIENTOS EN INSTITUCIONES DE LARGO PLAZO E INSTITUCIONES DE REHABILITACIÓN, SANATORIOS O CLÍNICAS DE REPOSO. 7.CONSULTAS MÉDICAS EXÁMENES DE LABORATORIO, EXÁMENESDEDIAGNÓSTICOSIMPLEO ESPECIALIZADO NO DERIVADOS DEL TRATAMIENTO HOSPITALARIO O QUIRÚRGICO MENCIONADO EN
501/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 LA CLAUSULA SEGUNDA DE AMPAROS BÁSICOS, LITERAL I. 8.VIH SIDA COMPLICACIONES Y EFECTOS COLATERALES EXCEPTOLOESTIPULADOENLACLÁUSULA SEGUNDA DE AMPAROS BASICOS, LITERAL K. 9.EXAMENES PET CT SCAN Y ONCOTYPE. 10.SUMINISTRODEAPARATOSOEQUIPOS ORTOPÉDICOS, AUDÍFONOS, SILLAS DE RUEDAS, EQUIPOSPARATERAPIAFÍSICA,OCUPACIONAL, MULETAS,MEDIASANTIEMBÓLICAS,PAÑALES, LECHE MATERNIZADA, SUPLEMENTOS ALIMENTARIOS, FAJAS Y CABESTRILLOS. 11.TRATAMIENTOQUIRÚRGICOYESTUDIOSDE DIAGNÓSTICO Y DE SEGUIMIENTO DE DEFECTOS DE REFRACCIÓN VISUAL, ENFERMEDADES DERIVADAS DE LOS MISMOS Y QUERATOCONO, EXCEPTO SI SON SECUNDARIOS A PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS CUBIERTOS POR AXA COLPATRIA. 12.HOSPITALIZACIÓN CUYO OBJETIVO PRINCIPAL SEA EL DIAGNÓSTICO Y/O CHEQUEO MÉDICO. 13.ESTUDIOSDEDIAGNÓSTICO,SEGUIMIENTOY TRATAMIENTO DE TRASTORNOS DE MEMORIA Y APRENDIZAJE, COMO PRUEBAS PSICOLÓGICAS Y NEUROPSICOLÓGICAS, PRUEBAS DE INTELIGENCIA, CLÍNICA DE MEMORIA. 14.HOSPITALIZACIONES,EXÁMENESDIAGNÓSTICOS Y TRATAMIENTO MÉDICO DE ALTERACIONES DEL CRECIMIENTO. 15.LESIONESRECIBIDASENACTOSDEGUERRA (DECLARADAONO)REVOLUCIÓN,SEDICIÓN, CONMOCIÓN CIVIL, TERRORISMO Y HUELGA. ESTAS DOSÚLTIMASCUANDOHUBIEREPARTICIPADO ACTIVAMENTE EL ASEGURADO. 16.LESIONES INMEDIATAS O TARDÍAS SUFRIDAS COMO CONSECUENCIA DE CONTAMINACIÓN BIOLÓGICA O QUÍMICA. 17.ENFERMEDADESYLESIONESSUFRIDASCOMO CONSECUENCIA DE FENÓMENOS CATASTRÓFICOS POR CAUSAS NATURALES: ERUPCIONES VOLCÁNICAS, MOVIMIENTOSTELÚRICOS,INUNDACIONESO CUALQUIEROTROHECHODELANATURALEZA, ASÍ COMO LAS LESIONES INMEDIATAS O TARDÍAS CAUSADAS POR FISIÓN O FUSIÓN NUCLEAR. 18.TRATAMIENTOYCUIDADODEPACIENTESCON ESTADODEMUERTECEREBRAL,AUNQUEESE ESTADOHAYASIDOPROVOCADOPORUNA AFECCIÓN O LESIÓN CUYO TRATAMIENTO HUBIESE ESTADO AMPARADO. 19.LAHOSPITALIZACIÓNPORESTADODECOMA REVERSIBLE O IRREVERSIBLE O ESTADO VEGETATIVO SUPERIOR A 30 DÍAS. 20.EUTANASIA. 21.EXÁMENES, CIRUGÍA, EXTRACCIONES, OBTURACIONES Y EN GENERAL EL TRATAMIENTO DE AFECCIONES OLESIONESDEORIGENDENTAL,LOS TRATAMIENTOSDEANOMALÍASDENTOFACIALES, CIRUGÍAS QUE COMPROMETAN LA ARTICULACIÓN TEMPOROMANDIBULAR,OELTRATAMIENTODE LESIONESOFRACTURASDENTALES;SALVOLO ESTIPULADO EN EL LITERAL N DE LA CLÁUSULA SEGUNDA DE AMPAROS BÁSICOS, EN CUYO CASO SE EXCLUYEN LOS APARATOS DE PRÓTESIS Y SU IMPLANTACIÓN. 22.CIRUGÍA ESTÉTICA, PARA FINES DE EMBELLECIMIENTO, EJUVENECIMIENTO,COSMETOLOGÍA,CÁMARA HIPERBÁRICA Y TRATAMIENTOS REALIZADOS CON TOXINABOTULÍNICA,ESCLEROTERAPIA,ACNÉ, ALOPECIA,CELULOTERAPIA,HIDROTERAPIA, MAMOPLASTIAREDUCTORAODEAUMENTO, CIRUGÍAPLÁSTICAPARACONDICIONES PREEXISTENTES A LA FECHA DE INGRESO A LA PÓLIZA, EN CASO DE TRATAMIENTOS POR LESIONES CUTÁNEAS SOLARES O LESIONES SEBORRÉICAS, SOLAMENTE SERÁ CUBIERTA CUANDO SE TRATA DE CIRUGÍA RECONSTRUCTIVA PRACTICADA COMO CONSECUENCIA DE UNA ENFERMEDAD O ACCIDENTE QUE HAYA TENIDO LUGAR EN EL TIEMPO EN QUE EL ASEGURADO TUVIESE TAL CALIDAD. 23.ENFERMEDADESTRANSMISIBLESQUESEAN DECLARADASCOMOEPIDÉMICASPORLAS AUTORIDADES SANITARIAS COMPETENTES. 24.ESTERILIZACIÓNVOLUNTARIA(VASECTOMÍA, POMEROY). 25.TRATAMIENTO MÉDICO Y QUIRÚRGICO Y ESTUDIOS DEDIAGNÓSTICOPARACORRECCIÓNDE INFERTILIDAD O ESTERILIDAD, IMPOTENCIA SEXUAL. INSEMINACIÓNARTIFICIAL,PROCEDIMIENTOS EIMPLEMENTACIONESDELOSMÉTODOSDE PLANIFICACIÓNFAMILIAR,RECANALIZACIÓN DETROMPASDEFALOPIO,RECANALIZACIÓN CONDUCTO DEFERENTE Y VASOVASOSTOMÍA. 26.TRATAMIENTO MÉDICO QUIRÚRGICO Y ESTUDIOS RELACIONADOSCONPROCEDIMIENTOSDE REASIGNACIÓN DE SEXO. 27.FECUNDACIÓN IN-VITRO, PRUEBAS GENÉTICAS Y TRATAMIENTOS ORIENTADOS AL FETO. 28.LESIONESRESULTANTESDELAPRÁCTICAO PARTICIPACIÓN DE ACTIVIDADES O DEPORTES DE ALTA PELIGROSIDAD TALES COMO: COMPETENCIAS MOTORIZADAS,VUELOENPLANEADORESO COMETASYSIMILARES,VUELOENCUALQUIER APARATO O NAVE QUE NO SEA DE LÍNEA COMERCIAL, BOXEO,CARRERASDECARROS,CARRERASDE CABALLOS, PRUEBAS CICLÍSTICAS, PARACAIDISMO, ALPINISMO, MONTAÑISMO, POLO, SKI ACUÁTICO, BUCEO,ALADELTISMO,BUNGEEJUMPING, KITESURF, SKY, SNOWBOARD U OTRO DEPORTE DE INVIERNO.
601/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 29.LESIONES SUFRIDAS CUANDO SE ESTÉ ACTUANDO COMO MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN DE NAVES Y AERONAVES, O EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO MILITAROPRÁCTICASEQUIVALENTESEN ACADEMIAS MILITARES. 30.LESIONES OCASIONADAS EN EL DESARROLLO DE LA COMISIÓN DE UN DELITO O CONTRAVENCIÓN, O EN GENERAL, CUALQUIER ACTO ILÍCITO, EN EL QUESEAAUTOROPARTÍCIPECUALESQUIERA DE LOS ASEGURADOS, O LAS SUFRIDAS POR LOS MISMOS CON OCASIÓN DE SU PARTICIPACIÓN EN DUELOS, RIÑAS Y/O CUALQUIER MANIFESTACIÓN DE PROTESTA COLECTIVA, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA. 31.ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES LABORALES. 32.LESIONES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO. 33.TERAPIAS FÍSICA, RESPIRATORIA Y DEL LENGUAJE SUPERIOR A 15 SESIONES. 34.TRATAMIENTO EFECTUADO POR NO PROFESIONALES MÉDICOS,TRATAMIENTOSEXPERIMENTALES, CUALQUIERA DE LAS COBERTURAS O SERVICIOS AQUESEREFIEREESTAPÓLIZASINPREVIA PRESCRIPCIÓN MÉDICA POR PARTE DEL CUADRO MÉDICO. 35.TRATAMIENTOS PARA OBESIDAD, INCLUYENDO LAS DIFERENTESTÉCNICASDECIRUGÍABARIÁTRICA TANTO AMBULATORIOS COMO HOSPITALARIOS. TRATAMIENTOSDEADELGAZAMIENTO,DIETAS, ESTUDIOSY/OTRATAMIENTOSMÉDICOSY QUIRÚRGICOSPARATRASTORNOSDESUEÑO YRONCOPATÍAPARASUEÑO,REPOSOO SIMILARES,UVULOPALATOFARINGOPLASTIAY/O SOMNOPLASTIA. 36.EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS O SUMPLEMENTOS ALIMENTARIOS EN EL TRATAMIENTO AMBULATORIO. 37.OXÍGENO AMBULATORIO EN CUALQUIERA DE SUS PRESENTACIONES. 38.AUTOVACUNAS, VACUNAS. 39.MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS QUE NO ESTÉN DISPONIBLESENELMERCADONACIONAL,AL IGUAL QUE LOS QUE NO ESTÉN AUTORIZADOS EN TERRITORIO COLOMBIANO Y AVALADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE. 40.CUALQUIER SERVICIO DE SALUD NO OFRECIDO EN LA COBERTURA O NO DESCRITO EN LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA. 41.DURANTE LA HOSPITALIZACIÓN PARA TRATAMIENTO MÉDICOOQUIRÚRGICO,ESTÁNEXCLUIDOS: LLAMADAS DE LARGA DISTANCIA, COMIDAS EXTRAS, ELEMENTOSDEUSOPERSONAL,BIBERONES, PAÑALES Y CUALQUIER OTRO SERVICIO EXTRA DE ORNATO O COMODIDAD. 42.CAMADEACOMPAÑANTEENHOSPITALIZACIÓNY ENFERMERA INDIVIDUAL EN HABITACIÓN HOSPITALARIA. 43.PERSONAL O SERVICIO DE ENFERMERÍA DOMICILIARIO. 44.HOSPITALIZACIÓNDOMICILIARIAYSERVICIOS MÉDICOS EN EL DOMICILIO, CUIDADO CRÓNICO OINTERMEDIOINSTITUCIONALIZADO.SALVO LOESTABLECIDOENELLITERALH,CLÁUSULA SEGUNDA - AMPAROS. 45.DIÁLISIS E INSUFICIENCIA RENAL CRÓNICA. 46.REHABILITACIÓNRESPIRATORIA,REHABILITACIÓN CARDÍACAYTERAPIASESPECIALIZADASTALES COMO HIDROTERAPIA, PISO PÉLVICO, TERAPIA PARA TINNITUS,CELULOTERAPIA,EQUINOTERAPIA, DELFINOTERAPIA Y CÁMARA HIPERBÁRICA ENTRE OTRAS. 47.TRASPLANTES, ESTUDIOS PRE Y POST–TRASPLANTE DEL DONANTE Y RECEPTOR. 48.IMPLANTE COCLEAR Y SISTEMAS DE CONDUCCIÓN ÓSEA AUDITIVA, GENERADORES DE RUIDO, AUDÍFONOS, INSUMOS,ADITAMENTOSY/OMANTENIMIENTO DEAUDÍFONOSY/OAMPLIFICADORESPARALA AUDICIÓN. 49.EL SUMINISTRO DE ÓRTESIS, BRAGUEROS, LENTES, MONTURAS,MEDIASANTIEMBÓLICAS,MULETAS, APARATOS ORTOPÉDICOS, CALZADO ORTOPÉDICO, SILLAS DE RUEDAS, CAMAS HOSPITALARIAS, PIEZAS ANATÓMICAS, ÓRGANOS PARA TRASPLANTE. 50.ENFERMEDADESQUESEANCONSECUENCIADE MALFORMACIONES, IMPERFECCIONES, DEFORMACIONES Y/O ANOMALÍAS CONGÉNITAS O GENÉTICAS Y/O HERDITARIAS,ASÍCOMOESTUDIOSPARALA CONFIRMACIÓN O DETECCIÓN DE LAS MISMAS Y PRUEBAS GENÉTICAS. 51.NUEVAS TECNOLOGÍAS: EXÁMENES DE LABORATORIO, DEDIAGNÓSTICOSIMPLEYESPECIALIZADOY PROCEDIMIENTOSQUIRÚRGICOS,PRODUCTO DEL AVANCE CIENTÍFICO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, NO PREVISTOS DENTRO DE LA COBERTURA DE LA PRESENTE PÓLIZA DE SALUD. 52.ABORTOPROVOCADO,SUSCOMPLICACIONESY CONSECUENCIAS. 53.ESCLEROTERAPIA. 54.ELEMENTOS DE CURACIÓN O COLECTORES PARA COLOSTOMÍAS, DRENAJES EXTERNOS, COLECTORES DEORINAENLOSPACIENTESAMBULATORIOS, TODOS LOS INSUMOS Y OSTOMÍAS EN GENERAL. 55.FOTOTERAPIAYTRATAMIENTOSMÉDICOSCON MEDICAMENTOS FOTOACTIVOS, O ACTIVADOS POR FUENTES DE LUZ (FOTODINÁMICA). B.EXCLUSIONESESPECÍFICASAPLICABLESALA COBERTURA DE URGENCIAS ODONTOLÓGICAS: 1.TRATAMIENTOSY/OCONTROLESPARALAS SIGUIENTESESPECIALIDADES:CIRUGÍA,RADIOLOGÍA, PROSTODONCIA,PERIODONCIA, ORTOPEDIA FUNCIONAL DELOSMAXILARES,ORTODONCIA,ENDODONCIA, ODONTOPEDIATRÍAYCUALQUIEROTRANO
701/01/2017-1404-P35-IDEAL/2017 CONTEMPLADA ESPECÍFICAMENTE EN LA CLÁUSULA SEGUNDA AMPAROS, LITERAL N. 2.ANESTESIA GENERAL O SEDACIÓN EN NIÑOS Y ADULTOS; SOLO SE CUBRE LA ANESTESIA LOCAL SIEMPREYCUANDOSEAUNTRATAMIENTO AMPARADO DE ACUERDO A LA CLÁUSULA SEGUNDA AMPAROS, LITERAL N. 3.DEFECTOS CONGÉNITOS. 4.ENFERMEDADES Y TRATAMIENTOS DE DISTONÍAS MAXILOFACIALES. 5.RADIOTERAPIA O QUIMIOTERAPIA. C.EXCLUSIONESESPECÍFICASAPLICABLESALA COBERTURADELANEXODEATENCIÓNMÉDICA DOMICILIARIA Y TRASLADO ASISTIDO: 1.PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUERA DE LOS LÍMITES GEOGRÁFICOS ESTABLECIDOS POR EL PROVEEDOR DE ASISTENCIA. 2.ATENCION O TRASLADO POR CASOS DIFERENTES DE UNA EMERGENCIA MEDICA, TAL COMO SE DEFINE EN ESTA PÓLIZA. 3.TRASLADO DEL USUARIO DEL CENTRO HOSPITALARIO HASTA EL LUGAR DEL DOMICILIO. CLÁUSULA QUINTA - LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Los amparos de esta póliza serán prestados a los asegurados únicamente dentro del territorio nacional, en los municipios en donde AXA COLPATRIA tenga contratada red asistencial, conforme oferta del Cuadro Médico. Los casos de urgencia serán atendidos únicamente en las instituciones hospitalarias adscritas a la red nacional de urgencias de AXA COLPATRIA, las cuales serán informadas junto con la forma de utilización de los servicios al Asegurado, al momento de la expedición de la póliza. Solamente en caso de requerir servicios de urgencia en lugares donde no se cuente con red de prestatarios, se autorizará reembolso, acorde con la cobertura de la presente póliza y éste se hará de acuerdo con las tarifas pactadas por AXA COLPATRIA con las instituciones adscritas al plan, excepto en consulta médica por reembolso. CLÁUSULA SEXTA - AUMENTOS DE VALORES Los valores asegurados estipulados como límites máximos de cobertura, el valor de la prima, copagos y los demás términos económicos del seguro, se ajustarán anualmente. CLÁUSULA SÉPTIMA - EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA Las edades mínimas y máximas de ingreso son, desde el nacimiento y cincuenta y nueve (59) años, respectivamente. La edad máxima de permanencia es indefinida. CLÁUSULA OCTAVA - PERÍODOS DE CARENCIA SE ENTIENDE POR PERÍODO DE CARENCIA EL TIEMPO DEVIGENCIADURANTEELCUALELASEGURADONO TENDRÁ DERECHO A LOS AMPAROS DE LA PÓLIZA, EN LOS SIGUIENTES CASOS: 1.DENTRODELOSPRIMEROSDOCE(12)MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE INICIACIÓN DE LA VIGENCIADELAPÓLIZAODESDEELINGRESODE UNASEGURADOCUANDOESTESEAPOSTERIORA AQUELLA, NO SE ASUMIRÁN LOS COSTOS ASOCIADOS A:AMIGDALECTOMÍA,ADENOIDECTOMÍA,FIMOSIS, MIOMAS, QUISTES OVÁRICOS, HIPERTROFIA PROSTÁTICA, CÁLCULOS RENALES, PROLAPSOS UTERINOS, CÁNCER, TUMORES BENIGNOS. 2.DENTRODELOSPRIMEROSVEINTICUATRO(24)MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE INICIACIÓN DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA O DESDE EL INGRESO DE UN ASEGURADO CUANDO ESTE SEA POSTERIOR A AQUELLA, NO SE ASUMIRÁN LOS COSTOS ASOCIADOS A: CATARATAS, CÁLCULOS DE VESÍCULA Y VÍAS BILIARES, HERNIA DISCAL, HERNIA INGUINAL, HERNIA UMBILICALYEPIGÁSTRICA,INFECCIÓNPORVIHOSIDA, PTERIGIOS, ÚLCERA GÁSTRICA, O DUODENAL, HALLUX VALGUS, VÁRICES. 3.LOS SERVICIOS ORIGINADOS EN LA ATENCIÓN DE LA MATERNIDAD SE RECONOCERÁN SIEMPRE Y CUANDO EL EMBARAZO INICIE DESPUÉS DEL DÍA 30 DE AFILIACIÓN SI EL CONTRATO TIENE COMO MÍNIMO DOS ASEGURADOS. EN CASO DE UNA ÚNICA ASEGURADA EN LA PÓLIZA SIN GRUPO DE ASEGURADOS, LA ASEGURADA TENDRÁ DERECHO A LOS MATERNIDAD, CUANDO EL EMBARAZO INICIE CON POSTERIORIDAD AL MES DOCE DEL AMPARO. CLAUSULA NOVENA - PAGO DE PRIMA PARÁGRAFO PRIMERO:ES OBLIGACIÓN DEL TOMADOR O ASEGURADO DE LA PÓLIZA Y DEBERÁ EFECTUARSE EN LA FECHA DE VENCIMIENTO PACTADA. PARÁGRAFOSEGUNDO:LAPRIMANODEVENGADA, EN CASO DE RETIRO DE ASEGURADOS, SE LIQUIDARÁ A PRORRATA, LIQUIDADO CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1070 DEL CÓDIGO DE COMERCIO. PARÁGRAFO TERCERO:EL NO PAGO DE LA PRIMA DENTRO DEL PLAZO ESTIPULADO EN ESTA PÓLIZA O EN LOS CERTIFICADOS O ANEXOS EXPEDIDOS CON FUNDAMENTO EN ELLA, PRODUCIRÁ LA TERMINACIÓN AUTOMÁTICA DEL SEGURO. CLAUSULA DÉCIMA - NOVEDADES LOSNUEVOSASEGURADOSQUEPORNACIMIENTOO CUALQUIEROTRACIRCUNSTANCIAENTRENAFORMAR
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